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Elecciones y nombramientos en las instituciones de la UE

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Principios rectores

Tratados

Los Tratados constitutivos de la Unión Europea sostienen colectivamente el principio de que los procedimientos electorales y los procesos de selección de los dirigentes de las principales instituciones de la UE deben llevarse a cabo de forma transparente y democrática.

Los Tratados de la UE —el Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea— constituyen el amplio marco de funcionamiento de las principales instituciones de la UE e indican que la democracia representativa será la forma de gobierno en que se base la UE.

El Tratado de la Unión Europea establece con claridad que:

  • los ciudadanos estarán directamente representados en la Unión a través del Parlamento Europeo;
  • los países de la UE estarán representados de dos maneras:
    • en el Consejo Europeo, por sus jefes de Estado o de Gobierno,
    • en el Consejo de la Unión Europea, por sus Gobiernos («que serán democráticamente responsables, bien ante sus Parlamentos nacionales, bien ante sus ciudadanos»).

El Tratado de Lisboa (2007) introdujo varias modificaciones importantes; entre otras, por ejemplo, la creación del cargo de presidente permanente y a tiempo completo del Consejo Europeo y el refuerzo del papel y las competencias del Parlamento Europeo.

Representación

Los ciudadanos de la UE se sitúan en el centro del proceso democrático de la UE y todos tienen derecho a voto en las elecciones europeas.

Tal como hacen oír su voz en sus países mediante el voto en las elecciones nacionales, también influyen de forma directa o indirecta en las elecciones europeas y los nombramientos.

El Parlamento Europeo, el Consejo Europeo y el Consejo de la Unión Europea están formados, respectivamente, por representantes electos y miembros de los gobiernos de cada país de la Unión Europea.

Y la UE replica en gran medida el proceso de control parlamentario de sus veintisiete democracias en su propio sistema democrático de gobierno. Por ejemplo, la Comisión Europea necesita la confianza explícita del Parlamento Europeo para asumir formalmente sus funciones al comienzo de su mandato.

Administración

Al igual que los gobiernos de todo el mundo, el poder ejecutivo de la UE, para ejercer su labor, cuenta con un cuerpo de funcionarios, al que cualquier ciudadano de la UE puede acceder mediante oposiciones de contratación gestionadas por la Oficina Europea de Selección de Personal.

 

Instituciones de la UE

Las instituciones de la UE tienen distintos procesos de selección para sus dirigentes.

Parlamento Europeo

Composición: en la actualidad, 705 diputados al Parlamento Europeo (diputados al PE), elegidos de forma directa por los ciudadanos de la UE mediante votación, de acuerdo en gran medida con las legislaciones y tradiciones electorales nacionales de cada país de la UE.

Los diputados al PE pueden unirse a grupos políticos en el Parlamento, según sus afinidades políticas. Aquellos que no lo hacen son considerados diputados al PE no inscritos.

Los ciudadanos de la UE eligen un nuevo Parlamento Europeo cada cinco años. Las próximas elecciones europeas se celebrarán del 6 al 9 de junio de 2024.

Funciones: en calidad de «colegislador», decide sobre la nueva legislación propuesta por la Comisión Europea (en la mayoría de los temas, en pie de igualdad con el Consejo de la Unión Europea). También vota los nuevos tratados comerciales y supervisa a las instituciones de la UE y el modo en que se emplea el presupuesto de la UE. Cuenta con el apoyo de su propia administración, formada por funcionarios.

Competencias de nombramiento

  • Vota a su presidente
    • el puesto se ostenta por un mandato de dos años y medio y es renovable una vez;
    • es propuesto por los grupos políticos o un mínimo de treinta y ocho diputados al PE;
    • la elección se celebra mediante votación secreta;
    • hay un máximo de cuatro votaciones;
    • el candidato debe ganar por una mayoría absoluta de los votos emitidos, es decir, el 50 % más uno.
  • Elige a sus vicepresidentes, cuestores, presidentes y vicepresidentes de comisión y delegación
  • Elige al presidente de la Comisión Europea
    • El Parlamento debe aprobar al nuevo presidente de la Comisión, propuesto por el Consejo Europeo, por una mayoría absoluta (la mitad de todos los diputados al PE, más uno).
  • Veta a comisarios
    • todos los comisarios propuestos (por el Consejo, de común acuerdo con el presidente electo de la Comisión Europea) deben comparecer ante las comisiones parlamentarias de sus ámbitos de responsabilidad futuros;
    • las evaluaciones negativas pueden resultar en la retirada de un candidato del proceso. En ese caso, debe proponerse un nuevo candidato a comisario para su examen.
  • Aprueba la Comisión Europea (los comisarios, el presidente y el alto representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad)
    • mediante una única votación por asentimiento (a continuación son nombrados oficialmente por el Consejo Europeo).
  • Tiene competencias de supervisión y control de las otras instituciones de la UE, para que rindan cuentas. Por ejemplo, puede aprobar una moción de censura y, en última instancia, destituir a la Comisión.

Cómo se cubren puestos clave del Parlamento

Cómo se forman los grupos políticos del Parlamento

Infografía: cómo se elige al próximo presidente del Parlamento Europeo

Consejo Europeo

Composición: jefes de Estado o de Gobierno de cada uno de los países de la UE, el presidente del Consejo Europeo y el presidente de la Comisión Europea. Cuenta con el apoyo de su propia administración, formada por funcionarios.

Funciones: establece las directrices políticas y las prioridades generales de la UE.

Competencias de nombramiento

  • Elige a su presidente
    • por mayoría cualificada en el Consejo Europeo (55 % de los países de la UE y 65 % de la población total de la UE);
    • el puesto se ostenta por un mandato de dos años y medio y es renovable una vez.
  • Propone un candidato a presidente de la Comisión Europea
    • por mayoría cualificada en el Consejo Europeo;
    • el puesto se ostenta por un mandato renovable de cinco años;
    • el candidato propuesto por el Consejo Europeo debe ser aprobado por mayoría en el Parlamento Europeo;
    • si el Parlamento no aprueba al candidato, el Consejo Europeo debe proponer otro candidato. El nuevo candidato también debe ser aprobado por mayoría en el Parlamento Europeo.
  • Nombra al alto representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad [responsable de los asuntos exteriores («acción exterior») de la UE y también vicepresidente de la Comisión Europea]
    • por mayoría cualificada, con el acuerdo del presidente de la Comisión;
    • por un mandato de cinco años.
  • Nombra a la Comisión Europea (los comisarios y el presidente, así como el alto representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad)
  • Nombra al Comité Ejecutivo del Banco Central Europeo (BCE)
    • el Comité está formado por seis miembros: el presidente del BCE, su vicepresidente y otros cuatro miembros;
    • el nombramiento se realiza siguiendo la recomendación del Consejo al Consejo Europeo, alcanzada previa consulta al Parlamento Europeo y el Consejo de Gobierno del BCE;
    • nombramiento aprobado por mayoría cualificada en el Consejo Europeo.

Funciones del presidente del Consejo Europeo

Cometido del Consejo en los nombramientos de los dirigentes

Proceso de nombramiento de nuevos altos cargos de las instituciones de la UE en 2019

Infografía. Elección del presidente de la Comisión Europea

Infografía. Nombramiento del Comité Ejecutivo del BCE

Prioridades de la UE para el período 2019-2024

Consejo de la Unión Europea

Composición: reuniones periódicas de los ministros del gobierno de cada país de la UE, en función de las políticas que se debatan. Por ejemplo, si en el orden del día figuran las políticas agrícolas, a las reuniones asisten los ministros de agricultura de cada país.

Cuenta con el apoyo de la administración del Consejo, formada por funcionarios.

Funciones: los ministros expresan las opiniones de los gobiernos de los miembros de la UE y se reúnen para negociar y adoptar legislación de la UE y coordinar las políticas de la UE.

Liderazgo

El Consejo de la Unión Europea no tiene un presidente único, sino que está presidido por una «presidencia», que rota entre los países de la UE cada seis meses.

La única excepción es el ámbito de los asuntos exteriores y la política de seguridad; que está liderado por un funcionario permanente, el alto representante, con el apoyo del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE).

Configuraciones

El Consejo de la Unión Europea es una entidad jurídica única, pero se reúne en diez «configuraciones» distintas, en función del tema que se debata. La presidencia preside las reuniones celebradas a todos los niveles del Consejo de la Unión Europea. Su función es garantizar la continuidad del trabajo de la UE en este foro.

El país de la UE que ostenta la presidencia trabaja estrechamente con los dos países que le sucederán en la presidencia. Estos grupos de tres, llamados «tríos», elaboran una agenda común que abarcará las principales cuestiones que debe abordar el Consejo de la Unión Europea en un período de dieciocho meses. Sobre la base de la agenda acordada, cada país determina su programa de trabajo de seis meses, más detallado, que aplicará cuando asuma la presidencia.

El Consejo Europeo y el Consejo de la Unión Europea cuentan con el apoyo de la Secretaría General del Consejo.

El proceso de toma de decisiones en el Consejo de la Unión Europea

Más información sobre la presidencia del Consejo de la Unión Europea

Presidencia actual del Consejo de la Unión Europea

Comisión Europea

Composición: El liderazgo político corresponde a un equipo de veintisiete comisarios, uno de cada país miembro, incluido el presidente de la Comisión, que decide quién es responsable de cada política. Cuentan con el apoyo de un cuerpo de funcionarios.

Funciones: órgano ejecutivo políticamente independiente que propone nueva legislación, gestiona las políticas de la UE según las competencias definidas en los Tratados, ejecuta el presupuesto de la UE y garantiza el cumplimiento del Derecho de la UE.

Liderazgo

La Comisión Europea está dirigida por su presidente y los veintiséis comisarios, uno por país.

Presidente

El presidente de la Comisión es elegido por un mandato de cinco años por el Parlamento Europeo, después de las elecciones europeas.

El Consejo Europeo (jefes de Estado o de Gobierno de la UE) propone un candidato presidencial al Parlamento. Debido a que la elección del candidato debe tener en cuenta los resultados de las elecciones europeas, el candidato propuesto suele proceder del grupo político con mayor representación en el Parlamento.

El Parlamento tiene que aprobar al nuevo presidente de la Comisión por mayoría absoluta (la mitad de todos los diputados al PE, más uno). Una vez aprobado, el Consejo Europeo nombra oficialmente al nuevo presidente.

Si el candidato no consigue la aprobación del Parlamento Europeo, el Consejo Europeo debe proponer un nuevo candidato en el plazo de un mes.

Comisarios

El presidente electo asigna las carteras de las políticas a los comisarios candidatos, uno por cada país de la UE.

Los comisarios desempeñan sus obligaciones para la Comisión con independencia de los gobiernos nacionales de los países de los que proceden.

Los comisarios designados deben comparecer entonces ante la comisión parlamentaria responsable de su cartera, para ser evaluados sobre su idoneidad para el puesto.

Una vez que los veintiséis comisarios designados han sido aprobados (los comisarios designados pueden retirarse si no reciben una evaluación positiva), deben ser aprobados, junto con el presidente electo y el alto representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, por el Parlamento Europeo en una única votación por asentimiento.

El Consejo Europeo nombra formalmente a todos los comisarios para sus respectivos puestos, por mayoría cualificada.

Proceso de nombramiento de los dirigentes de la Comisión Europea

Proceso de aprobación de la Comisión Europea por parte del Parlamento (infografía)

Infografía. Elección del presidente de la Comisión Europea

Dirección de la Comisión Europea

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Composición: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea consta de dos tribunales:

  • Tribunal de Justicia dictamina sobre peticiones de decisión prejudicial por parte de los tribunales nacionales, ciertos recursos de anulación, procedimientos de infracción incoados contra países de la UE por no respetar el Derecho de la UE, así como recursos de casación.
  • El Tribunal General resuelve los recursos de anulación que interponen los particulares, las empresas y, en algunos casos, los gobiernos nacionales. En la práctica, funciona como el tribunal administrativo general de la UE y trata muchos ámbitos distintos del Derecho de la UE, entre otros, Derecho de la competencia, ayudas estatales (apoyo público), comercio, agricultura, propiedad intelectual e industrial y medidas restrictivas adoptadas por el Consejo contra particulares y países de la UE o terceros países.

Funciones: interpreta el Derecho de la UE para garantizar que se aplica de la misma manera en todos los países de la UE y resuelve los litigios entre los gobiernos nacionales y las instituciones de la UE. En determinadas circunstancias, también pueden acudir a él los particulares, empresas y organizaciones que consideren que una institución de la UE ha vulnerado sus derechos.

Miembros: cada juez y abogado general es nombrado por un mandato renovable de seis años, de común acuerdo entre los gobiernos de los países de la UE, previa consulta a un panel de abogados respetados que da una opinión sobre la idoneidad de los futuros candidatos. En cada Tribunal, los jueces eligen de entre ellos a un presidente para un mandato renovable de tres años.

Comité Ejecutivo del Banco Central Europeo

Formado por el presidente y el vicepresidente del Banco y por los otros cuatro miembros, el Comité es nombrado por el Consejo Europeo por mayoría cualificada.

El Consejo toma esta decisión siguiendo una recomendación del Consejo y previa consulta al Parlamento Europeo y al Consejo de Gobierno del Banco (los seis miembros del Comité Ejecutivo, más los gobernadores de los bancos centrales de los diecinueve países de la zona del euro).

Infografía. Nombramiento del Comité Ejecutivo del BCE

Tribunal de Cuentas Europeo

Esta es una institución de la UE que funciona como órgano colegiado de veintisiete miembros, uno por cada país de la UE. Los miembros son propuestos por sus gobiernos nacionales y nombrados (por un mandato renovable de seis años) por el Consejo, previa consulta al Parlamento Europeo.

Los miembros deben llevar a cabo sus obligaciones con independencia de intereses nacionales o de otro tipo, representando el interés general de la UE. El Tribunal de Cuentas está encabezado por un presidente, quien es elegido por los miembros y de entre estos para un mandato renovable de tres años.

Otros nombramientos

Al igual que en las instituciones de la UE, los nombramientos de altos cargos (por ejemplo, directores o presidentes) en otros órganos de la UE se rigen por normas específicas y detalladas que tienen su base en los Tratados de la UE. Algunas de estas normas son aplicables a todos los órganos de la UE, mientras que otras son requisitos internos de instituciones específicas.

Los directores ejecutivos de las agencias descentralizadas de la UE suelen ser nombrados por el consejo de administración de la agencia en cuestión, sobre la base de una lista reducida elaborada por la Comisión, tras un procedimiento de selección abierto. De forma ocasional, la autoridad facultada para proceder a los nombramientos es la Comisión o el Consejo de la Unión Europea. En algunos casos, el candidato seleccionado debe someterse a una audiencia en el Parlamento Europeo antes de ser nombrado formalmente.

Ver todas las agencias descentralizadas